Desde el pasado lunes 13 de abril, el régimen aplicable a la actividad laboral, vuelve a ser el que regula el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que en su artículo 10. 3 suspende la apertura al público, entre otras, las instalaciones deportivas y las actividades deportivas recogidas en el anexo de la misma.
En consecuencia, y hasta que se reciban instrucciones en contra, quedan aplazadas hasta nueva fecha todas las competiciones deportivas del deporte de los bolos, en todas sus especialidades.
Adjuntamos, por expresa indicación del Director General de Deportes del CSD, comunicado emitido en tal sentido así como Guía emitida por el Ministerio de Sanidad.